El antiguo arraigo laboral ha cambiado. Desde el 20 de mayo de 2025, el nuevo Reglamento de Extranjería, aprobado por el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, reorganiza por completo las vías de regularización por arraigo en España. La figura que muchos siguen buscando como «arraigo laboral» se corresponde hoy, principalmente, con el arraigo sociolaboral. Te explicamos en qué consiste, qué requisitos exige en 2026 y cómo podemos ayudarte desde Murcia.

Arraigo sociolaboral en España: tramitación con abogados de extranjería

¿Qué es el arraigo sociolaboral?

El arraigo sociolaboral es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que permite regularizar la situación de una persona extranjera que se encuentra en España en situación irregular, siempre que acredite una relación laboral y un período mínimo de permanencia en el país. Se regula en los artículos 124 a 127 del Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024), que sustituye al anterior Real Decreto 557/2011.

El nuevo reglamento no solo renombra la figura: reduce el período de permanencia exigido de 3 a 2 años y concede, desde el momento de la resolución favorable, autorización para trabajar en España, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, sin limitación geográfica ni de ocupación.

Requisitos del arraigo sociolaboral en 2026

De acuerdo con el Reglamento de Extranjería vigente, para obtener el arraigo sociolaboral es necesario cumplir, de forma acumulativa, estos requisitos:

Arraigo sociolaboral y arraigo social: no son lo mismo

El nuevo reglamento distingue el arraigo sociolaboral del arraigo social, y es habitual confundirlos:

Elegir la vía correcta depende de la documentación disponible en cada caso: quién puede ofrecer el contrato de trabajo, el tiempo real de permanencia acreditable y la existencia o no de vínculos familiares en España.

Documentación para acreditar la relación laboral

Para acreditar el contrato de trabajo y el resto de requisitos, la persona solicitante deberá aportar, entre otra documentación:

La solicitud se presenta en la Oficina de Extranjería de la provincia de residencia o a través de la sede electrónica, y la Administración dispone de un plazo de 3 meses para resolver.

Cómo te ayudamos desde Campillo Abogados en Murcia

En Campillo Abogados analizamos tu situación concreta para determinar qué tipo de arraigo se ajusta mejor a tu caso —sociolaboral, social, socioformativo, familiar o de segunda oportunidad—, preparamos la documentación necesaria y te acompañamos durante toda la tramitación ante la Oficina de Extranjería de Murcia.

Si necesitas asesoramiento en tu proceso de regularización, puedes escribirnos por WhatsApp al 620 233 646 o por correo a info@campilloabogados.es.