Como abogado de extranjería en Murcia, sabemos que regularizar tu situación en España tiene plazos y requisitos concretos que han cambiado con el nuevo Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024). En Campillo Abogados te decimos con claridad qué vía te corresponde (arraigo, reagrupación, nacionalidad) y preparamos tu expediente para que se resuelva a la primera. Contacta con nosotros y valoramos tu caso.

¿Cuántos años tengo que llevar en España para pedir un arraigo?

Depende de la vía: para el arraigo social, sociolaboral o socioformativo se exigen 2 años de permanencia continuada en España (con salidas de menos de 90 días). El arraigo familiar, en cambio, no exige ningún tiempo mínimo si tienes un vínculo con un menor extranjero o un familiar con discapacidad a cargo. Te ayudamos a identificar cuál encaja con tu caso.

No. La mayoría de los trámites de extranjería (arraigo, reagrupación, nacionalidad, visados) se gestionan de forma telemática ante la Oficina de Extranjería o el consulado competente, así que llevamos expedientes de personas residentes en cualquier punto de España, no solo de Murcia.

Contáctanos y te damos un presupuesto sin compromiso antes de empezar.

No. El visado no lucrativo exige que no realices actividad económica en España, y esto incluye el teletrabajo para empresas extranjeras bajo la interpretación consular más estricta. Si quieres residir en España trabajando en remoto para clientes o empresas fuera de España, la vía correcta es el visado de nómada digital, que exige ingresos de unos 2.849 €/mes (200% del SMI) frente a los cerca de 28.800 €/año que pide el no lucrativo. Te ayudamos a elegir la opción adecuada.

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Este contenido tiene carácter divulgativo y no sustituye el asesoramiento jurídico individualizado.

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